En las últimas semanas existe gran confusión sobre la posibilidad de implantación de nuevas actividades en la zona centro a raíz de la anulación parcial de la ZPAE.
Por ello y antes la cuestiones planteadas al respecto al Ayuntamiento, se ha recibido una nota informativa por parte de la Agencia de Actividades en la que se aclaran los efectos a terceros de la STS 1035/2017 sobre la anulación parcial de la ZPAE de Centro.
Así bien, la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, del Tribunal Supremo en su Sentencia núm. 1035/2017, de 13 de junio, ha fallado no haber lugar al recurso de casación interpuesto contra la Sentencia núm. 252, de 1 de abril de 2015, de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirmando la nulidad de los artículos 8.1º y 7º, 11.1º, 2º y 8º y 14. 1º, 3º y 5º de la Normativa del Plan Zonal Específico de la Zona de Protección Acústica Especial del Distrito Centro, aprobada por Acuerdo Pleno de 26 de septiembre de 2012.
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